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La Agencia Tributaria advierte de un aumento de intentos de fraude en Internet relacionados con la RENTA 2016

Photo: Markus Spiske

“Los intentos de engaño hacen referencia a supuestos reembolsos de impuestos, mediante envíos de comunicaciones masivas por correo electrónico en los que se suplanta la identidad e imagen de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien la identidad de sus directivos. Con frecuencia, los intentos de fraude hacen referencia a una supuesta información que imposibilita el envío de la devolución de la campaña de Renta y suplanta la imagen de la Agencia Tributaria.

En estos envíos de correos fraudulentos, conocidos como “phishing”, se hace referencia a un reembolso de impuestos inexistente en la que el receptor del e-mail sale beneficiado. Para poder disponer del dinero hay que acceder a una dirección web o rellenar un formulario en los que se deben aportar datos de cuentas bancarias y tarjetas de crédito.

La Agencia Tributaria insiste en que:

  • nunca solicita por correo electrónico información confidencial, económica o personal, números de cuenta ni números de tarjeta de los contribuyentes.
  • nunca paga devoluciones con cargo a tarjetas de crédito.
  • nunca cobra importe alguno por los servicios que presta. El usuario solo asumirá el coste compartido de las llamadas a teléfonos 901.

Los dominios reales de la Agencia Tributaria son: www.aeat.es, www.agenciatributaria.es y www.agenciatributaria.com. El acceso a la Sede Electrónica debe hacerse a través de los dominios: www.agenciatributaria.gob.es, www1.agenciatributaria.gob.es, www2.agenciatributaria.gob.es, www4.agenciatributaria.gob.es, www5.agenciatributaria.gob.es, www6.agenciatributaria.gob.es, www7.agenciatributaria.gob.es, www9.agenciatributaria.gob.es, www1.aeat.es, www2.aeat.es, www3.aeat.es, www4.aeat.es, www5.aeat.es y aeat.es.

Mensajes de textos NO enviados por la Agencia Tributaria

Se ha detectado el envío a los contribuyentes de mensajes de texto (SMS) por parte de empresas de atención e información telefónica, que redireccionan las llamadas hacia la Agencia Tributaria y las cobran en función de su tarificación, para solicitar servicios como la solicitud del borrador de Renta y su confirmación.

La Agencia Tributaria recuerda que los teléfonos de información tributaria básica y otros servicios telefónicos son los que aparecen en su portal de Internet www.agenciatributaria.es y a los que puede acceder desde aquí.”

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