“Asimismo, se incrementan la cuantía exenta de IRPF de los vales-comida o cheques-restaurante, que pasa este año de 9 euros a 11 euros al día”, explica el secretario técnico del registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis Del Amo, .
Otras novedades se encuentran en los gastos que los trabajadores autónomospueden deducir en el desarrollo de su actividad económica. “De los rendimientos del trabajo autónomo es posible ahora deducir el 30% de los gastos de suministros –agua, electricidad, gas, telefonía o internet– que corresponden a los metros cuadrados de la parte de vivienda que el profesional dedique a su actividad”, señala el secretario técnico del REAF.
Los gastos de manutención también son deducibles, pero “tienen que producirse en un establecimiento de restauración y hostelería y ser abonados a través de medios de pago electrónico, es decir, la tarjeta”, apostilla Del Amo. El límite será de 21,67 euros al día si el gasto se produce en España y 48,08 euros diarios en el extranjero. “Estos límites se aumentan al doble si hay pernocta”, concluye el experto”.
**Artículo original El País.